Diferencias con la Dirección de obra simple.
En este caso a la Dirección simple de una obra se les suma la dificultad adicional de controlar, coordinar y dirigir a varias empresas y/o contratistas y en el mejor de los casos a varios Representantes técnicos. Es aquella que «se produce cuando hay varios contratistas encargados de la construcción de diversas etapas de la obra»
(estructura, mampostería, obras sanitarias, electricidad, etc.)
En esta modalidad de dirección de obra, se reconoce a la dirección simple un suplemento adicional en los honorarios del 100%, es decir que al 40% del 100% de los honorarios totales por una encomienda de trabajo, corresponde adicionarle «otra dirección».
La responsabilidad del director de obra por contratos separados es, en esencia, la misma que tiene en la dirección de obra, pero algo que debe quedar claro, es que esta dirección de obra NO suplanta la figura del constructor, de entenderlo como tal el arquitecto estaría asumiendo responsabilidades que no le corresponden, que no percibe honorarios por ello. Por definición propia de dirección de obra y en base a lo expuesto «nadie puede controlarse a sí mismo», incurriendo en ese caso, en una falta grave al Código de Ética.
Por lo expuesto recomendamos que en la carátula se firme en el lugar de dirección de obra, aclarando que modalidad de tarea se desarrolla y la responsabilidad de la construcción que esté a cargo de un Representante Técnico del contratista principal, si los hubiere, debidamente matriculado y/o habilitado para la función.